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    AUTO CONSTITUCIONAL 0251/2014-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0251/2014-CA

    Fecha: 01-Ago-2014

    Fragmento 4

    Por su parte el art. 73.2 del CPCo, establece que la acción de inconstitucionalidad puede ser: “…de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.

    • Roberto Ivan Aguilar Gómez, Ministro de Educación
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • rechazó
    • Fragmento 4
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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