AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2014-CA
Fecha: 20-Ago-2014
I.1. Antecedentes
Por memorial presentado el 1 de Agosto de 2014, cursante de fs. 43 a 48 vta., el recurrente interpone recurso directo de nulidad, señalando que por Resolución Municipal 078/2013 de 31 de mayo (fs. 4), el mencionado municipio eligió la Directiva del Concejo Municipal para la gestión 2013-2014, habiendo sido el accionante designado como Presidente del mismo, por lo que convocó a sesión pública el 30 de mayo de 2014, en la que los Concejales Cecilia Bonilla Sánchez, Raquel Molina Justiniano y Juan Coimbra Melgar, abandonaron la Sala de sesiones e impidieron el desarrollo de ésta por falta de quórum. En sesión de 2 de julio del mismo año, los concejales mencionados, bajo argumento de que la Directiva ya habría cesado su gestión no admitieron que presida la misma, sin tomar en cuenta que un punto del orden del día era precisamente la elección de la nueva Directiva del Concejo.
Posteriormente los Concejales desconociendo su condición de Presidente, conformaron un comité transitorio “Ad hoc” y sobrepasando toda norma legal emitieron la Resolución Municipal 01/2014, suscribiendo como supuesta Presidenta a la Concejala Cecilia Bonilla Sánchez y Raquel Molina Justiniano como Secretaria extrañándose la firma del Comité conformado y en total usurpación de funciones.