AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2014-CA
Fecha: 20-Ago-2014
II.2. Análisis del caso concreto
En el análisis del presente caso, el recurrente demanda la nulidad de la Resolución Municipal 01/2014 de 4 de junio suscrita por los recurridos, que determinó la conformación de un Comité Ad Hoc Transitorio y en base a esta se conformó la nueva directiva del Concejo Municipal de Porongo; con el fundamento de haber sido emitida sin competencia usurpando funciones que no les competen.
Ahora bien, de la lectura del memorial y análisis del expediente, se constató que el recurso formulado no se adecúa a ninguna de las causales de rechazo o improcedencia previstas en los arts. 27.II y 146 del CPCo; en razón que no existe cosa juzgada constitucional o supuestas infracciones al debido proceso, por cuanto se verificó que la demanda contiene una adecuada fundamentación jurídico constitucional en la relación de los hechos y en sus argumentos.