AUTO CONSTITUCIONAL 093/2014-CA-ACM/S
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 093/2014-CA-ACM/S

Fecha: 04-Ago-2014

I.1.

I.1.    A través de la acción de inconstitucionalidad concreta contenida en el expediente 07768-2014-16-AIC, planteado por Jorge Fernando Delius Senzano, ante la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Yacuiba, provincia Gran Chaco del departamento de Tarija, se cuestionaron las normas impugnadas tanto en la forma como en el fondo:

En la forma, porque el segundo aguinaldo debió ser aprobado mediante una ley, a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional; y no por Decreto Supremo, vulnerando así el principio de reserva de ley; de igual forma, al reglamentar el pago, contravino el principio de competencia, reserva reglamentaria y jerarquía normativa, creado por el Órgano Ejecutivo en su conjunto.