Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0303/2014-CA
Fecha: 05-Sep-2014
II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de la Disposición Transitoria Primera de la LSNRA y el DS 1697, por ser presuntamente contrarios a los arts. 46, 56, 109, 115, 123, 393, 397, 399 y 410 de la CPE; 8, 17 y 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 8 y 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Director Departamental a.i. de Santa Cruz del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR