AUTO CONSTITUCIONAL 0310/2014-CA
Fecha: 08-Sep-2014
Fragmento 4
Por Resolución 410 de 18 de agosto de 2014, cursante de fs. 15 a 16 vta., pronunciada por la Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, se rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El memorial de acción no cumple con los requisitos referidos a señalar la vinculación de las normas legales observadas con las disposiciones constitucionales supuestamente vulneradas, tampoco indica los motivos del porqué se considera inconstitucional el art. 625 del CPC, además de carecer de argumento sobre la relevancia que tendría en la resolución del proceso sumario de desalojo; y, b) La acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta, se planteó inadecuadamente al no puntualizar el fondo del asunto; toda vez que, la accionante refuta la aplicación de una norma en el caso concreto sin indicar porqué sería contraria a la Constitución Política del Estado, pretendiendo que se resuelva una cuestión ordinaria en la vía constitucional en un afán dilatorio.