AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2014-ECA
Fecha: 05-Sep-2014
II.2.1.
II.2.1. Con relación al primer argumento, sobre el Fundamento Jurídico III.3.2.1 in fine, tanto la demanda constitucional de 8 de enero de 2014, como lo expuesto en el memorial que da origen al presente Auto Constitucional, alega una arbitraria avocación del Nivel Nacional del INRA, denunciando una incorrecta interpretación y aplicación del art. 51.I inc. a) del DS 29215 de 18 de octubre de 1996; sin embargo, conforme se precisó en la SCP 1503/2014 de 16 de julio, cuando se acude a esta jurisdicción, solicitando se revise la interpretación de la legalidad ordinaria, se debe cumplir con presupuestos de orden constitucional, los mismos que han sido desarrollados vía jurisprudencia constitucional (SCP 2122/2013 de 21 de noviembre).