DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2014

Fecha: 05-Sep-2014

III.1.

III.1. Sin embargo, antes de ingresar al análisis propiamente dicho, cabe mencionar que de acuerdo a lo previsto por el art. 120 del CPCo, el Tribunal Constitucional Plurinacional, podrá declarar la inconstitucionalidad del proyecto de estatuto autonómico o carta orgánica o de alguna de sus cláusulas, debiendo al efecto, disponer que el órgano deliberante adecúe el proyecto a los valores, principios o preceptos de la Constitución Política del Estado, cuyo cumplimiento, que debe abarcar a la totalidad de las normas sujetas a control, permitirá someter al proyecto normativo a referéndum aprobatorio por parte de la ciudadanía de la respectiva unidad territorial.

En consecuencia, ante la eventualidad de que la compatibilidad total del proyecto, resulte de un proceso paulatino y gradual, que amerite la emisión de más de una declaración de constitucionalidad, se infiere que el examen siguiente que se realice a este instrumento normativo, solo recaerá sobre aquellas regulaciones declaradas incompatibles, dado el carácter concordante de aquellas previsiones declaradas compatibles con la Constitución Política del Estado.