AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2015-RCA

Fecha: 14-Ene-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 23 de octubre de 2014, cursante de fs. 1 a 5, la accionante señala que, emergente de un proceso disciplinario administrativo interno seguido en su contra y otros, se le impuso una sanción de quince días sin goce de haberes, a través de la Resolución 16/2014 de 16 de abril, que fue ejecutoriada el 25 de ese mismo mes y año.

Expresa que, se vulneró su derecho al debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación, ausentes en el Auto 16/2014 de 24 de marzo, de inicio del proceso sumario administrativo, el que no reúne los requisitos establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo y el Estatuto del Funcionario Público del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, razón por la cual, en su memorial de recurso de revocatoria, hizo conocer a la autoridad sumariante que dicho Auto no cumple con la debida fundamentación y delimitación sobre lo que se le asigna, ya que simplemente se señaló que omitió normas administrativas; asimismo, la falta de certeza sobre lo que se le atribuye vulnera su derecho a la defensa.

Indica que, se lesiono su derecho al juez natural a través de la Resolución 16/2014 de 16 de abril, debido a que en el momento en que se contrató una persona para su juzgamiento, después del hecho que supuestamente habría generado la investigación, todos los actos de esta son nulos de pleno derecho, tomando en cuenta que el debido proceso es el derecho de toda persona a un proceso justo, ante un juez natural previamente determinado; sin embargo, la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la institución “… nombra a un sumariante sea interno y/o externo para todo el año, acto que no se cumplió…” (sic).

Refiere que, con la ejecutoria de la Resolución 16/2014 de 16 de abril, se vulneraron sus derechos fundamentales, al no considerarse el recurso de revocatoria que interpuso con intervención notarial, pese a que mediante informe de Unidad Jurídica del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, ordenó a la autoridad sumariante revisar su recurso, por haber sido presentado dentro de plazo.