AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2015-CA

Fecha: 14-Ene-2015

a)

No cursa en el expediente el proveído por el que se corrió en traslado de la presente acción; sin embargo, Pedro Antonio de Urioste Prieto en representación legal del Banco Ganadero S.A., por memorial presentado el 26 de noviembre de 2014 (fs. 12 y vta.), respondió manifestando que: a) De la revisión del memorial presentado por el accionante, se tiene que el mismo no acusa la inconstitucionalidad de ninguna norma jurídica o ley; es decir, no indica de forma clara y precisa cuál es la norma supuestamente inconstitucional y porqué razón; y, b) Asimismo, en su petitorio solicita se declare la nulidad del “auto de fs. 355” de 23 de septiembre de 2014; vale decir, de una resolución judicial, aspectos por demás evidentes que demuestran la improcedencia de la acción planteada, por lo que corresponde el rechazo de la misma.