Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
I.1. Los suscritos Magistrados manifiestan su voto disidente en relación a la DCP 0017/2015 de 16 de enero, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Fecha: 16-Ene-2015
Fragmento 3
Como se encuentra redactada la previsión ahora analizada, da a entender un limitativo campo de acción en este tipo de acuerdos que pueden beneficiar al municipio a través de la interacción con otras ETA, además de las mencionadas en la norma; por ello, al limitar excesivamente una competencia fuera del régimen autonómico previsto, correspondía declarar la incompatibilidad del apartado analizado.