SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2015-S3
Fecha: 15-Ene-2015
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Primo Felipe Flores Rodríguez, Juez Decimocuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito de 7 de marzo de 2014, cursante a fs. 100, señaló que se llevó a cabo la audiencia de “medidas sustitutivas a la detención preventiva”, en la cual rechazó la solicitud planteada por Carmelo Esquivel Flores -hoy demandado- debido a la falta de formalidades en las documentaciones con las cuales, la parte accionante, quería desvirtuar los riesgos procesales de fuga y obstaculización. Asimismo, indicó que no se agotaron las instancias correspondientes, debiéndose recurrir en grado de apelación a la Resolución dictada en la audiencia del 5 de igual mes y año, por lo que no correspondería la vía constitucional, debido a que ésta, al no agotar debidamente la instancia señalada, no es apta para valorar objetivamente las pruebas ofrecidas en la audiencia de cesación de la detención preventiva.