Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2015-CA
Fecha: 09-Oct-2015
I.2. Respuesta a la acción
Por decreto de 11 de marzo de 2015 (fs. 204 y vta.), se corrió en traslado la presente acción de inconstitucionalidad, al efecto Etelvina Rojas Toledo, Investigadora Disciplinaria de la Fiscalía Departamental de Cochabamba, el 21 de agosto del mismo año, presentó memorial, respondiendo únicamente al recurso jerárquico (fs. 219 a 222).
- Autoridad Sumariante del Ministerio Público de los departamentos de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental
- RATIFICAR