AUTO CONSTITUCIONAL 0372/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0372/2015-CA

Fecha: 12-Oct-2015

II.

El art. 202.12 de la Norma Suprema, asigna como una de las atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, conocer y resolver los recursos directos de nulidad, en concordancia con los arts. 143 y ss. del CPCo. El Capítulo Quinto del Título I del mismo Código, establece las normas comunes que deben observarse a momento de plantear una acción, demanda, consulta o recurso de carácter normativo, confiriendo a la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional Plurinacional, la atribución de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos tanto de forma como de contenido, para determinar la admisión, rechazo o subsanación de los recursos constitucionales referidos, conforme se establece en los arts. 24, 26.II y 27 del cuerpo legal aludido.