AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2015-CA

Fecha: 26-Oct-2015

II.1.  Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad

Por su parte el art. 143 del Código Procesal Constitucional (CPCo), ordena que: “El Recurso Directo de Nulidad tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de Órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la Ley”.