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    El suscrito Magistrado expresa su voto aclaratorio a la DCP 0191/2015 de 19 de octubre, correlativa a las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0087/2014 de 19 de diciembre y 0153/2015 de 28 de julio, en virtud a lo dispuesto por el art. 10.
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    El suscrito Magistrado expresa su voto aclaratorio a la DCP 0191/2015 de 19 de octubre, correlativa a las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0087/2014 de 19 de diciembre y 0153/2015 de 28 de julio, en virtud a lo dispuesto por el art. 10.

    Fecha: 19-Oct-2015

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    • I. ANTECEDENTES
    • a)
    • II.1. El nuevo modelo de Estado Plurinacional con autonomías
    • 1)
    • II.2. La efectividad de los derechos fundamentales de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado
    • III.1 Respecto a la inclusión en la parte dispositiva de una exhortación, orientada a promover la consolidación de la participación de las Naciones Pueblos Indígena Originario campesino, considerando que se declaró la constitucionalidad plena de todo del proyecto de Carta Orgánica Municipal
    • deban efectivizarse y materializarse en todos los espacios de convivencia,
    • la ETA tiene la obligatoriedad de garantizar la efectividad de los derechos de las NPIOC en todo lo que corresponde a su organización política y administrativa, desde sus facultades y competencias asignadas en la Constitución Política del Estado, cumpliendo lo dispuesto en el art. 30.III de la CPE,

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