AUTO CONSTITUCIONAL 0304/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0304/2015-RCA

Fecha: 09-Nov-2015

I.5. Síntesis de la impugnación

El accionante manifestó que, el art. 54.II del CPCo, establece que procede excepcionalmente la tutela ante la inminencia del daño que pueda resultar irreparable. Por consiguiente el señalamiento de día y hora de remate emitido por el Juez demandado, le ocasionaría mayores perjuicios; es decir, que cuando se agoten las vías ordinarias, la protección del amparo constitucional podría resultar completamente tardía, puesto que, su inmueble se estuviera registrando a nombre de otra persona y posterior a ello le despojarían del mismo, solicitando la remisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, a objeto que se admita la presente acción de amparo constitucional, y procedan a su tramitación.