Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1108/2015-S2
Fecha: 03-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia la vulneración de su derecho de petición; por cuanto, la solicitud formulada mediante nota de 6 de febrero de 2015, conteniendo puntos específicos, no mereció respuesta alguna hasta la presentación de la presente acción, lesionándose de esta manera su derecho invocado en la presente acción.