SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1161/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
denegó
Mediante Resolución “21/2015” “20/2015 de 29 de mayo de 2015” cursante a fs. 18 y vta., la Jueza Segundo de Partido y Sentencia de El Alto del departamento de La Paz, denegó la tutela solicitada por ser reiterativa, toda vez que la presente acción de libertad ya fue resuelta, decisión asumida con los siguientes argumentos: a) Se establece que se interpuso una nueva acción de libertad con los mismos sujetos procesales tanto el accionante como el accionado, el 1 de junio de 2015, con el mismo propósito y motivo, resuelto en la acción de libertad llevada a cabo por el Juez Primero de Partido y Sentencia de EL Alto; b) Los hechos demandados ahora ya merecieron pronunciamiento y no corresponde efectuar nuevo análisis; c) Se establece la existencia de identidad absoluta de sujeto, objetos y pretensiones del actor y causa en que se fundó la demanda o que el actor hubiese interpuesto antes la misma acción con idéntico propósito y por iguales motivos aunque con distintas autoridades, en este último supuesto constatándose solo la identidad parcial de los sujetos procesales, encontrándose el Tribunal impedido de ingresar al fondo de uno de los recursos.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. De la detención ilegal o indebida
- III.2. Cosa juzgada constitucional, aún cuando exista identidad parcial respecto de la legitimación pasiva
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso
- CONFIRMAR