Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1161/2015-S2
Fecha: 10-Nov-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 7 de mayo de 2015, de forma espontánea y voluntaria, acompañada de su abogado se apersono a la FELCC de El Alto del departamento de La Paz, a efecto de colaborar con la investigación referente a hechos suscitados el 27 de mayo de 2015, a horas 17:00; señala que su persona como denunciante y víctima del caso MP 4670/15 por el presunto delito de sustracción de menor o incapaz y complicidad, indicando que su persona desconoce de cómo se suscitó el hecho investigado, viéndose sorprendida al ser notificada con una orden de aprehensión emitida por una autoridad, toda vez que su persona se encontraba en el lugar de los hechos.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. De la detención ilegal o indebida
- III.2. Cosa juzgada constitucional, aún cuando exista identidad parcial respecto de la legitimación pasiva
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso
- CONFIRMAR