SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1192/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1192/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

acción de libertad

Fue detenida preventivamente el 3 de junio de 2015, en la “carceleta Bahía de Puerto Suárez”, de forma ilegal; ya que el Ministerio Público presentó una “calumniosa” imputación formal contra Uber La Fuente Pereira, por la presunta comisión del delito de hurto, sancionado con pena de reclusión de un mes a tres años, y en su contra, por la supuesta comisión del mismo delito pero en grado de complicidad; es decir, sujeto a una pena de reclusión menor; además, la Jueza demandada tendría hacia su abogado animadversión, a causa de una denuncia realizada por éste ante la Fiscalía “de Corrupción” del departamento de Santa Cruz.

Los fundamentos que presentó para pedir medidas sustitutivas a la detención preventiva, fueron claros y respaldados con prueba; por lo que, debió disponerse su inmediata libertad conforme establece el Código de Procedimiento Penal en su art. 232.3, al ser la pena para el delito que supuestamente cometió, solamente de un mes de reclusión, no siendo procedente la detención preventiva.

La accionante alega como lesionado su derecho a la libertad, citando al efecto los arts. 23.I, 24, 109, 110, 113.I, 115, 116.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).