SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1206/2015-S1
Fecha: 16-Nov-2015
denegó
El Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, mediante Resolución 23/2015 de 10 de julio, cursante de fs. 88 a 90, denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: a) En el Juzgado Tercero de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, cursa un proceso penal contra el accionante, dentro del cual se señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el 6 de julio de 2015, misma que fue suspendida, porque no se habría cumplido con la notificación a las partes; b) El accionante alega que habiendo planteado incidentes y excepciones, inclusive recusó al Juez de la causa, los mismos fueron rechazados, con esos antecedentes consideró lesionado su derecho al debido proceso; empero, admite que en su contra hasta antes de la presentación de la acción de libertad, no se habría emitido mandamiento de aprehensión, además la audiencia de medidas cautelares señalada, no se llevó a cabo; por lo que, el Juez de garantías no puede analizar el fondo del caso, en razón de la inexistencia de una orden o mandamiento de aprehensión y/o detención, que haya sido emitida por el Juez ahora demandado, que supuestamente restringiría o estaría amenazado su derecho a la libre locomoción; c) El accionante no ha demostrado la amenaza o infracción de su derecho a la libertad o de locomoción, además, no existe resolución de declaratoria de rebeldía que haga suponer que por ese motivo se habría ordenado se libre mandamiento de aprehensión; y, d) Finalmente, si considera estar siendo procesado indebidamente, le corresponde interponer y agotar los recursos ordinarios que la ley le franquea y después acudir ante la jurisdicción constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- una persecución indebida deberá entenderse a toda acción de un funcionario público, autoridad jurisdiccional o judicial que busca, persigue y hostiga a una persona, sin que exista motivo legal alguno ni orden expresa de captura, emitida por autoridad competente
- III.4. Análisis del caso
- CONFIRMAR