SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1267/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1267/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, la Jueza ahora demandada, señaló audiencia pública de imputación y medidas cautelares para el 1 de julio de 2015, sin considerar que el 9 de enero del año citado, interpuso apelación del incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa, que se encuentra pendiente de resolución ante el Tribunal de alzada; circunstancia por la que no debió efectuar dicho señalamiento puesto que su competencia se encontraba suspendida temporalmente por el recurso planteado, motivo por el que no podía realizar ningún acto procesal menos señalar audiencias, citando al efecto la SC 0178/2014 de 30 de enero, además que la autoridad jurisdiccional omitió su deber de revisión del proceso para  verificar que se encontraba pendiente la apelación del incidente de nulidad deducido, encontrándose indebidamente procesada y sin que se le permita estar en igualdad de condiciones, vulnerando de esta manera sus derechos fundamentales .