Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1292/2015-S2
Fecha: 13-Nov-2015
II.1.
II.1. A petición de Beatriz Ramos, los Policías de la FELCV, ubicada en la Pampa de la Isla, en virtud a una “derivación” de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, para que dicha Unidad atienda caso de violencia familiar y sustracción del menor, detuvieron y condujeron al ahora accionante a la dependencia policial, a objeto de que el niño sea entregada a su madre, ya que existe un caso abierto en el Distrito Policial 9 de los Lotes, donde la Fiscal de Materia dictó medidas de protección de acuerdo al art. 35 de la Ley 348 (fs. 10 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida
- III.2.
- CONFIRMAR en todo