AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2015-RCA

Fecha: 15-Dic-2015

improcedencia “in límine”

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 285/2015 de 22 de julio, cursante de fs. 8 a 9, declaró la improcedencia “in líminede la acción de amparo constitucional activada, fundamentando que el accionante no agotó la vía ordinaria; toda vez que, no acredito haber obtenido una respuesta positiva o negativa, incumpliendo el principio de subsidiariedad previsto por el art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo).