AUTO CONSTITUCIONAL 0435/2015-CA
Fecha: 28-Dic-2015
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional: resuelve; RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada por Maida Domínguez Zabala, Diputada Suplente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, demandando la inconstitucionalidad de las Disposiciones Adicionales Quinta, Sexta, Séptima y Octava de la Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE-2012) -Ley 291 de 22 de septiembre de 2012- por ser presuntamente contrarias a los arts. 1, 7, 8.I y II, 9.1, 2, y 4, 11.II.2, 12.I y III, 13, 23.I, 56, 109.II, 116.I, 119.I, 123, 158.I.3 y 11, 163, 172.11, 178.I, 241.I, 242.2, 306.I y III, 311.II.5, 321.I y III y 323.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); 21.3 del Convención Americana Sobre Derechos Humanos; y, II y XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad abstracta
- acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería
- II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión en el caso concreto
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