Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0445/2015-CA
Fecha: 29-Dic-2015
II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- Si el despido del trabajador fue producto de un proceso interno, no es aplicable la Ley 495, es decir, la Jefatura o Inspectoría del Trabajo; sino, únicamente la Judicatura Laboral o Jueces Laborales
- I.3. Petitorio
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- II.2.
- 1º ADMITIR