SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1238/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

Al respecto, del contenido de la demanda y de lo expuesto en la audiencia de la presente acción de libertad, el accionante indica que fue detenido el 23 de junio de 2015, al promediar las 9:30, siendo conducido al Centro de Rehabilitación “Palmasola” del departamento de Santa Cruz, en base a una fotocopia legalizada de un mandamiento de detención preventiva, cuya legalidad cuestionó.

De lo expuesto y conforme la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, no correspondía que el accionante acuda directamente a la jurisdicción constitucional para denunciar todos los actos que considera ilegales por parte de los ahora demandados; toda vez que, tenía medios de defensa eficaces y oportunos en la vía ordinaria para reparar la supuesta lesión sufrida, debiendo acudir con su reclamo ante la autoridad competente, correspondiendo a dicha autoridad pronunciarse sobre la supuesta ilegalidad en la ejecución del mandamiento de detención preventiva, disponiendo lo que en derecho sea pertinente, y sólo en caso que persista la vulneración de derechos reclamada, recién, activar la jurisdicción constitucional.

En el caso concreto, conforme a lo alegado por el accionante y lo desarrollado en la audiencia de acción de libertad, se constata que el proceso penal instaurado en su contra el año 2009, se encuentra en pleno juicio oral ante el Tribunal Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, que inclusive asumió determinaciones respecto a la medida cautelar de carácter personal determinada por el Juez cautelar; por lo que, debió acudir directamente ante esa instancia, para efectuar su denuncia de presunta detención ilegal, previo a la interposición de la presente acción tutelar, lo que no ocurrió; situación que imposibilita a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.