Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2015-RCA
Fecha: 09-Feb-2015
I.4. Petitorio
Solicita se declare “procedente” la acción de cumplimiento, de acuerdo al art. 134.I y II de la CPE y la aplicación de los arts. 98 y 102.I de la “…Ley 1836 del Tribunal Constitucional y se ordene a los recurridos dicten la correspondiente Resolución Ministerial…” (sic), disponiendo la nivelación de sus rentas jubilatorias en igualdad a las que percibe el servicio activo de las fuerzas armadas, más los daños y perjuicios perpetrados en su contra a partir de 1 de septiembre de 2005.