Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2015-CA
Fecha: 24-Feb-2015
rechazó
Por Resolución de 30 de enero de 2015, cursante a fs. 24 y vta., el Juez Segundo Disciplinario de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Chuquisaca rechazó el “recurso” de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que la accionante señaló el artículo impugnado, sin expresar ni explicar en qué medida la decisión que adoptará el juez o tribunal disciplinario dependen de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada.