AUTO CONSTITUCIONAL 003/2015-CA-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 003/2015-CA-ECA

Fecha: 09-Mar-2015

I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción

Dentro de la acción de inconstitucionalidad concreta citada al exordio, consta que por memorial presentado vía fax el 5 de marzo de 2015, cursante de fs. 178 a 180 vta., Oscar Freire Arze y Juan Carlos Claros Sandoval, señalan que el AC 0418/2014-CA de 18 de noviembre, resolvió ratificar la Resolución de 31 de octubre de 2014, pronunciada por el Juez Primero Disciplinario de la Oficina Departamental de Cochabamba del Consejo de la Magistratura, fundamentando que no se hubiere cumplido con el requisito previsto en el art. 24.I.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo); sin embargo, consideran que la acción de inconstitucionalidad concreta presentada contiene la suficiente precisión y concreción, indicando que confrontaron el artículo impugnado con los preceptos que consideran infringidos y que el caso se encuentra debidamente fundamentado, creando una duda razonable que abre la tutela del Tribunal Constitucional Plurinacional; solicitando, en consecuencia, se enmiende el citado Auto Constitucional y se admita la acción.