AUTO CONSTITUCIONAL 003/2015-CA-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 003/2015-CA-ECA

Fecha: 09-Mar-2015

II.1.    Plazos para la interposición de la aclaración, enmienda y complementación

           Consecuentemente, la aclaración, enmienda y complementación, se encuentra instituida como un medio por el que se procede a efectuar una explicación de algún concepto oscuro, corregir errores materiales o subsanar alguna omisión de la sentencia, declaración o auto que se hubiere dictado al resolver los asuntos de su competencia; lo que significa, que no es un medio para que este Tribunal Constitucional Plurinacional cambie su decisión en el fondo, tal como prescribe la norma constitucional.