AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2015-RCA

Fecha: 03-Mar-2015

improcedencia “in limine”

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Resolución 29/015 de 4 de febrero de 2015, cursante de fs. 64 a 65, declaró la improcedencia “in limine”  de la acción de amparo constitucional, fundamentando que de la prueba adjunta se evidenció que el accionante tuvo efectivo conocimiento de la Resolución Definitiva 104/2014 de 9 de octubre; empero, no hizo uso de los recursos que la ley le franquea; por lo que, no se cumplió con el principio de subsidiariedad, al no haberse agotado las vías de impugnación, enmarcándose en consecuencia, en la causal de improcedencia prevista en el art. 53.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo).