AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2015-RCA

Fecha: 20-Mar-2015

II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión

1.   Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.

Igualmente, consta que expuso los hechos que sirven de fundamento en la presente acción tutelar, identificó sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad de las partes, a la valoración de la prueba, a un juez natural, a un proceso público y contradictorio, a no declarar contra sí mismo y a la presunción de inocencia, al principio de la seguridad jurídica y legalidad de los actos, a denunciar a las referidas Resoluciones que no cuentan con una adecuada motivación y fundamentación que deben contener las mismas, citando al efecto los arts. 13.I, II, III y IV; 14.I, II, III y IV; 115.II; 117.I; 119.II; 178.I, y 180.I y II de la CPE.