AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2015-CA
Fecha: 16-Mar-2015
rechazó
Por Resolución Municipal 057/2015 de 10 de febrero, cursante de fs. 43 a 52, el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra; rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta suscitada, con los siguientes fundamentos: a) Los gobiernos municipales tienen facultades deliberativas, fiscalizadoras legislativas municipales atribuidas en la Norma Suprema y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”; en ese entendido, el 17 de diciembre de 2014, el Concejo Municipal del Gobierno Municipal referido, aprobó la Ley Autonómica Municipal GAMSCS 134/2014, cuyo artículo primero autorizó el cambio de uso de suelo como área verde del lote de terreno ubicado en la MZ 320, calles 21 de mayo, Andrés Ibáñez, España y Av. Cañoto de DM 11 con una superficie de 7.992,93 M2; b) Se aprobó la Ley Autonómica Municipal GAMSCS 008-A/2015 de 20 de enero, que modificó el artículo primero y derogó el artículo tercero de la norma impugnada; y, c) Posteriormente, en Sesión Ordinaria 009/2015 de 9 de febrero, se aprobó la Ley Autonómica Municipal GAMSCS 015/2015, promulgándose la misma fecha, y ésta en el artículo cuarto abroga la Ley impugnada, más la modificación efectuada en Ley Autonómica Municipal GAMSCS 008-A/2015; en consecuencia, no existe materia para efectuar un análisis y revisión en el fondo sobre la inconstitucionalidad de la norma impugnada, toda vez que la misma no produce efectos ni causa agravio a la Entidad Bancaria accionante.