SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2015-S3
Fecha: 19-Mar-2015
1)
Jhonny Mancilla Gonzales, Gobernador del Recinto Penitenciario de San Roque, por intermedio de su abogado, en audiencia manifestó que: 1) La resolución de conminatoria no fue de su conocimiento, la misma que no tiene un plazo de cumplimiento, por lo que no se vulneró ningún derecho constitucional; y, 2) Respecto de la grabación escuchada en audiencia, quien debía ser demandada era la mujer que se escucha en el audio y no así al director de penal de San Roque.
El demandado en audiencia indico que, el traslado que se solicitó no lo conoció hasta un día anterior de la audiencia de la presente acción de libertad, puesto que se encontraba con permiso desde el 18 de agosto de 2014; sin embargo, para el traslado solicitado se necesitaba realizar varios procedimientos de seguridad; puesto que, “…la seguridad de esa persona esta bajo nuestra responsabilidad…” (sic).