AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2015-ECA
Fecha: 24-Abr-2015
Mantener sin modificaciones el texto del art. 16 parágrafo II, que fue declarado compatible por la DCP 0064/2014
En el caso de Autos, de la revisión de la DCP 0092/2015, se advierte que dentro del Por Tanto, en su numeral 2, se dispone lo siguiente: “Mantener sin modificaciones el texto del art. 16 parágrafo II, que fue declarado compatible por la DCP 0064/2014, conforme a los fundamentos expuestos en los Fundamentos Jurídicos”; texto en el que se consigna de manera errónea a la DCP 0064/2014, cuando en realidad se trata de la DCP 0063/2014 de 10 de noviembre, Declaración que realizó el test de compatibilidad con la Constitución Política del Estado la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre; por lo que, existe un error involuntario en el número de la Declaración Constitucional Plurinacional aludida dentro del precitado numeral.
- enmienda de oficio
- Mantener sin modificaciones el texto del art. 16 parágrafo II, que fue declarado compatible por la DCP 0064/2014
- en su Sala Plena o a través de las Salas por las cuales ejerce sus competencias, puede de oficio o a petición de parte, precisar conceptos obscuros, corregir errores materiales o subsanar omisiones, sin modificar el fondo de lo resuelto
- III.2. Enmienda del presente caso
- ENMENDAR