del expediente 04028-2013-09-CEA de la DCP 0045/2015 de 8 de abril; en base a los siguientes argumentos jurídico constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

del expediente 04028-2013-09-CEA de la DCP 0045/2015 de 8 de abril; en base a los siguientes argumentos jurídico constitucionales:

Fecha: 08-Abr-2015

numeral 6)

La declaración no hace mayor referencia al numeral 6) anteriormente numeral 7); y declara incompatible el numeral 7) anteriormente 8), en conexitud con el argumento expresado en el análisis del art. 23 anteriormente 25 del proyecto de  norma básica, al no considerarse esta disposición causal de cesación de funciones.