SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2015-S3
Fecha: 10-Abr-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante, a través de su abogado, ratificó in extenso los términos de su memorial de interposición de la presente acción, señalando que la autoridad municipal demandada vulneró su derecho a la petición, puesto que solicitó a la misma, que se le otorguen fotocopias legalizadas de los antecedentes de las carpetas de ejecución de las gestiones 2008 y 2009, y otra documentación correspondiente a su anterior mandato como Alcalde, pues debía presentar esa literal ante el “Tribunal o Juzgado de Sentencia de Copacabana”, toda vez que se inició en contra suya un proceso penal en el que se dispuso su detención preventiva, en razón a que no presentó descargos consistentes en la documentación que vino solicitando en reiteradas oportunidades, sin obtener respuesta alguna.
El accionante, hizo uso de la palabra respondiendo a la pregunta efectuada por el Tribunal de garantías (respecto a si las fotocopias legalizadas ya le fueron entregadas a través de “Daniel Rodríguez Elías”, como indicó la representante legal del ahora demandado), manifestó que no era evidente que la autoridad hoy demandada hubiera respondido a su solicitud y menos que le hubiera entregado las fotocopias legalizadas; asimismo, indicó que desconoce al sujeto, a quien supuestamente se le entregó la documentación solicitada.