SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2015-S3

Fecha: 23-Abr-2015

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 76/2014 de 30 de septiembre, cursante de fs. 12 a 13, denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: a) La interposición de una acción exige el cumplimiento de una serie de requisitos que son propios de su naturaleza; es decir; la acreditación de una legitimación activa y pasiva, asimismo la identidad de sujeto, objeto y causa, siendo así en el presente caso se requiere que los hechos que se fundamentan y expresan como agravios, deben ser probados y demostrados, conforme refiere la SC “0096/2011” de 21 de febrero, que describe que la carga probatoria reside en el accionante, no obstante el principio de informalidad; y, b) No se demostró con prueba o elemento probatorio alguno, sobre la nulidad que habría ocurrido a través de un defecto absoluto interpuesto ante la autoridad a quo, lo que no puede ser suplido por el Tribunal de garantías que es un tercero imparcial, es decir; no se demostró con prueba, cual sería la resolución por la que estaría siendo ilegalmente procesado o indebidamente detenido, por lo que sin entrar al fondo del recurso se hace inviable la acción de libertad.