SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2015-S3

Fecha: 23-Abr-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido contra su familia y su persona por la presunta comisión de los delitos de estafa, estelionato, falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, ante las irregularidades cometidas en la imputación formal de 5 de noviembre de 2013, sus padres y coimputados presentaron incidente de actividad procesal defectuosa, conforme establecen los arts. 314 y 315 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en consecuencia el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, mediante Resolución 311/2014 de 4 de septiembre, declaró su nulidad.

Posteriormente, refirió que debido a la nulidad de la imputación, solicitó ante el Juez que dicto dicha Resolución, se dejen sin efecto todas las actuaciones procesales incluyendo su detención preventiva; empero, el mismo indicó: “…Se señala audiencia de modificación de medidas cautelares, para el 18 de septiembre de 2014…” (sic), por lo que ante estas anomalías recusó a dicha autoridad, remitiéndose el caso al Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del El Alto del departamento de La Paz, una vez radicada la causa, dispuso el traslado de su solicitud “…al señor Fiscal y al querellante imprimiendo lo establecido por los artículos 314 y siguientes del Procedimiento Penal, contra toda lógica de interpretación jurídica…” (sic) ya que al haberse anulado la imputación con la cual se instauró el proceso y se dispuso su detención preventiva no existiendo una razón valedera para que continúe ilegal e indebidamente detenido.