AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2015-RCA

Fecha: 20-May-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentando el 20 de abril de 2015, cursante de fs. 326 a 329 vta., el accionante señaló que el 21 de enero de 2014, en audiencia de medidas cautelares su abogado patrocinante denuncio la vulneración a sus derechos por inobservancia de las reglas previstas para la toma de su declaración según lo establecido por el art. 92 del Código de Procedimiento Penal (CPP), inobservancia que por mandato de ley impedía al juzgador a considerar la resolución de la imputación formal en su contra; no obstante, la autoridad jurisdiccional emitió      la Resolución 38/2014 de 21 de enero, determinando la nulidad de su declaración y sus consecuencias, así como la nulidad de la imputación formal, disponiendo se repitan actuaciones procesales, misma que fue apelada por el Ministerio Público y la supuesta víctima, emitiendo al efecto los Vocales ahora demandados el Auto  de Vista 236/2014 de 22 de agosto, revocando la Resolución 38/2014, sosteniendo de manera equivocada que la declaración que se le tomó cumplió con lo señalado en el art. 92 del CPP, con el fundamento de que aunque el acto hubiese generado indefensión, su persona por negligente convalido el mismo, dejando que este trascienda y que no se acreditó el perjuicio que se cumplió en la toma de su declaración, decisión que de manera flagrante vulnera sus derechos.