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    AUTO CONSTITUCIONAL 0170/2015-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0170/2015-CA

    Fecha: 04-May-2015

    SUBSANAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 26. II del Código Procesal Constitucional,  dispone que el recurrente en el plazo de cinco días, deberá SUBSANAR las deficiencias formales observadas, caso contrario se tendrá por no presentado el recurso directo de nulidad.

    • Jaime Cabrera Salazar, Alcalde,
    • I.1. Atribución  de la Comisión de Admisión
    • a)
    • II.3.  Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión
    • SUBSANAR

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