Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2015-S3
Fecha: 05-May-2015
2º
2º Llamar la atención al Juez demandado, para que en lo futuro observe el entendimiento asumido en este fallo constitucional, sin disponer regularizar procedimiento, por cuanto, al dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión librado contra la accionante (Conclusión II.7), se resolvió su situación jurídica.