Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0502/2015-S2
Fecha: 11-May-2015
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 8 de noviembre de 2013, cursante de fs. 10 vta. a 13, por la cual denegó la tutela solicitada, bajo el fundamento que al haber sido remitido minutos antes de que se lleve adelante la audiencia de la acción de libertad planteada, ya no existía vulneración de derecho alguno; por lo que, en revisión le corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional determinar aquello.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2.
- ;
- Toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tienen el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- III.3. Análisis del caso concreto
- concretamente el derecho a recurrir, impidiendo que el Tribunal superior revise la Resolución del inferior
- REVOCAR en todo