SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2015-S3

Fecha: 26-May-2015

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 15/2014 de 26 de noviembre, cursante de fs. 7 vta. a 9 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) La demandada, ante la petición de aclaración efectuada, refirió que en ningún momento se cerró la puerta al hoy accionante, solo le dijo que llamara a la dueña (del edificio), y si ella le autorizaba, procedería a abrir la misma inmediatamente, luego abrió la puerta; b) La demandada abrió la puerta cuando llegó la policía, toda vez que al ser una autoridad, debía obedecer; c) El hoy accionante tenía conocimiento de las reglas de la casa, y que existía un horario en el cual no era posible salir o entrar a ella por la seguridad de los demás habitantes del edificio; y, d) El actual accionante no demostró por ningún medio las denuncias presentadas, por lo que “ante la falta de elementos probatorios” corresponde denegar la tutela demandada.