SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2015-S2

Fecha: 26-May-2015

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Leandro Mamani Mamani, Juez Décimo Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, mediante informe escrito, cursante a fs. 9 y vta., sostuvo que, en mérito al Acuerdo de Sala Plena 176/2014 de 23 de septiembre del Tribunal Supremo de Justicia, dentro del “Plan de Descongestionamiento del Sistema Penal”, reasignó y amplió competencias de los jueces técnicos de los Tribunales de Sentencia, y asumió conocimiento de la causa recién el 14 de octubre del señalado año; en conocimiento de las partes por decreto de la fecha, notificada a la imputada el 17 de ese mes y año, la ahora accionante presentó el 24 del indicado mes y año, solitud de órdenes de salida de urgencia, dirigiendo equívocamente dicho pedido al Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal, provocando la demora; sin embargo, el 28 del citado mes y año, se le pidió que previamente indique la institución bancaria y agencia a la cual quería acudir, como también si su salida médica era con el propósito de abastecerse de medicamentos o para ir a consulta, caso en el cual, se requirió acompañe informe del Médico de Régimen Penitenciario; siendo así que recién pasó a su despacho el 17 de noviembre del mencionado año, decretándose el 19 de ese mes y año, la autorización de las salidas para el 8 de cada mes.