AUTO CONSTITUCIONAL 0240/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0240/2015-CA

Fecha: 17-Jun-2015

II.2.

Ahora bien, es necesario considerar que la Entidad señalada ut supra, basa este recurso en una supuesta incompetencia, por haber pronunciado resoluciones judiciales usurpando funciones que no les compete; sin embargo, no acreditaron que los demandados hubieren pronunciado los fallos después de haber cesado o sido suspendidos en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario, única posibilidad que permite la revisión de un fallo judicial vía recurso de nulidad.