AUTO CONSTITUCIONAL 0246/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0246/2015-CA

Fecha: 18-Jun-2015

rechazó

Por Resolución 001/2015 de 20 de abril, cursante de fs. 221 a 223, la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta contra el art. 187.4 de la LOJ, fundamentando que: 1) La acción fue interpuesta sin puntualizar y menos precisar de qué manera el artículo impugnado sería contrario a los arts. 115.II, 116.I, 117.I, 119.II y 178.I de la CPE; y, 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; puesto que, simplemente menciona de manera general que dicho articulado es contrario a dichos preceptos constitucionales, sin precisar de forma puntual la manera o modo por el cual el artículo impugnado sería inconstitucional; y, 2) Tampoco se menciona la trascendencia de la norma impugnada en la decisión a asumirse, ni haber demostrado una duda razonable ni una vinculación entre la normativa disciplinaria impugnada con decisión a ser asumida en el proceso que se le sigue, correspondiendo por todo ello el rechazo de la acción.