Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0260/2015-CA
Fecha: 29-Jun-2015
II.2. Marco normativo, constitucional y legal
Por su parte, el art. 72 del Código Procesal Constitucional (CPCo), señala que las acciones de inconstitucionalidad “…son de puro derecho y tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado…”.
- Tribunal de Resolución de Disputas (TRD) de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente vulnerados
- II.2. Marco normativo, constitucional y legal
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución;
- RATIFICAR